Auto Supremo AS/0188/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0188/2013-RRC

Fecha: 11-Jul-2013

En ese marco de antecedentes, se evidencia que el Tribunal de alzada concluyó que el



En ese marco de antecedentes, se evidencia que el Tribunal de alzada concluyó que el Tribunal de Sentencia no hubo considerado que el documento privado de 27 de febrero de 2008, sobre préstamo de dinero fue realizado de forma posterior a la disposición patrimonial lograda; es decir, al origen de la denuncia por el delito de Estafa; asimismo, el Tribunal de juicio según concluyó el Tribunal de apelación, restó importancia a la prueba signada como “MP-PD9”, consistente en el reconocimiento de firmas y rúbricas del documento privado en cuestión; estas apreciaciones efectuadas por el Tribunal de alzada, que si bien demuestran que efectivamente y de manera fundamentada, apuntaron que el documento privado era de una data posterior a la configuración del hecho delictivo, sin incurrir por ello en incongruencia omisiva u omisión de pronunciamiento; sin embargo, no realizó el debido control de legalidad de la Sentencia ni debida motivación, al no considerar que la decisión asumida por el Tribunal de juicio lo efectuó en el contexto de varias consideraciones