Auto Supremo AS/0190/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0190/2014-RRC

Fecha: 15-May-2014

Además añaden que, existe defectuosa aplicación de la ley adjetiva, vicio de sentencia previsto en


Además añaden que, existe defectuosa aplicación de la ley adjetiva, vicio de sentencia previsto en el art. 370 inc. 1) del CPP, en relación a los arts. 173, 360 y 363 de la misma norma, relativos a los requisitos del fallo, entre ellos, una adecuada valoración de las pruebas y su consiguiente fundamentación, lo que no sucedió en el presente caso, toda vez que el juzgador, como el Tribunal de apelación, consideran la referida “…prueba literal codificada como A3, para la constatación de los delitos de difamación y calumnia, sin hacer lo propio y menos explicar los motivos por los que se detecta la perpetración de la injuria…” (sic). Añadiendo que esta apreciación atenta contra el principio de la sana crítica, emitiéndose una sentencia errada, ya que correspondía la absolución de los ilícitos endilgados