Auto Supremo AS/0808/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0808/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Formulado el recurso de casación en ambos efectos, se hace necesario en primer término y

CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
Formulado el recurso de casación en ambos efectos, se hace necesario en primer término y por razones lógicas, resolver el recurso interpuesto como en la forma, puesto que, de ser evidente lo denunciado en el mismo, hace inviable analizar y resolver las cuestiones denunciadas en el recurso de casación en el fondo, forma de resolver que no constituye vulneración al derecho al debido proceso en su elemento de congruencia; por lo que, de la revisión de los antecedentes del proceso y las normas aplicables a la materia, se tiene:
II.1.1 En cuanto al recurso de casación en la forma
a) El reclamo se concentra en que, el fallo recurrido habría omitido considerar respecto a la impersonería de la Clínica del Transportista, alegando que no correspondía la admisión de la demanda contra dicha entidad, extremo que ha sido atendido en el punto 7 del último considerando del Auto de Vista recurrido, además de haberse planteado excepción de impersonería y resuelto mediante Auto de 21 de junio de 2008, que declaró improbada la excepción, confirmado por Auto de Vista de 11 de agosto de 2010, no advirtiéndose la nulidad invocada en el recurso