Auto Supremo AS/0808/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0808/2015

Fecha: 09-Oct-2015

iv) No existe adecuada valoración de la prueba conforme a la sana crítica y de

iv) No existe adecuada valoración de la prueba conforme a la sana crítica y de la tacha de testigos según lo previsto por el art. 171 del CPT, aduciendo que de conformidad al art. 158 de la CPT el Juez no está sujeto a la tarifa legal de pruebas, y por lo tanto formara libremente su convencimiento inspirándose en principios científicos que informan la crítica de la prueba y atendiendo a las circunstancias relevantes del pleito y a la conducta procesal observada por las partes