Sin multa por ser excusable
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, CASA PARCIALMENTE el Auto de Vista, modificando la Resolución sólo con respecto al pago de indemnización; en consecuencia declara PROBADA en parte la demanda ordenando a la entidad demandada, que a través de su personero legal dentro de tercero día, pague los beneficios sociales, bajo la siguiente liquidación:
1.- PARA JUAN MOREIRA POZO
Tiempo de servicios: 12 años, 11 meses y 16 días
Salario promedio indemnizable: Bs.1724,9
Indemnización por tiempo de servicios Bs.22.356,62
Desahucio Bs.5.174,70
Vacaciones (60 días) Bs.3.449,80
Aguinaldo por duodécimas de 10 meses y 1 día de la gestión 2006, doble por su cumplimiento Bs.2.884,41
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.3.023,92
31/10/2004 al 14/11/2004, S3MN de Bs.440=1320,- x18%=237,60 x 14 D =Bs. 110,88
15/11/2004 al 31/05/2006, S3MN de Bs.440=1320.- x26%=343,20 x 18M y 16D =Bs. 6.360,64
01/06/2006 al 31/10/2006, S3MN de Bs.500=1500,- x 26%=390.- x 5 M =Bs. 1.950,00
8.421,52
menos lo pagado en los últimos 24 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.224,90)=Bs. 5.397,60
3.023,92
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.36.889,45
2.-PARA NORBERTO MANZANO DORADO
Tiempo de servicios: 12 años, 7 meses y 20 días
Salario promedio indemnizable: Bs.1724,9
Indemnización por tiempo de servicios (2 quinquenios) Bs.17.249,00
Vacaciones (60 días) Bs.3.449,80
Aguinaldo por duodécimas de 3 meses y 22 días de la gestión 2007, doble por su cumplimiento Bs.1.073,27
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.2.930,72
22/04/2005 al 01/09/2005, S3MN de Bs.440=1320,- x18%=237,60 x 4M y 10D =Bs. 1.029,60
02/09/2005 al 30/04/2006, S3MN de Bs.440=1320.- x26%=343,20 x 7M y 28D =Bs. 2.722,72
01/05/2006 al 22/04/2007, S3MN de Bs.500=1500,- x26%=390.- x 11M y 22D =Bs. 4.576,00
8.328,32
menos lo pagado en los últimos 24 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.224,90)=Bs. 5.397,60
2.930,72
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.24.702,79
3.- PARA VICTOR RENE NAVA ROMANO
Tiempo de servicios: 14 años, 3 meses y 3 días
Salario promedio indemnizable: Bs.800,00
Indemnización por tiempo de servicios (2 quinquenios) Bs.8.000,00
Vacaciones (60 días) Bs.1.600,00
Aguinaldo por duodécimas de 1 mes y 8 días de la gestión 2008, doble por su cumplimiento Bs.168,89
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.6.106,68
18/02/2006 al 30/04/2006, S3MN de Bs.440=1320,- x26%=343,20 x 2M y 12 D =Bs. 823,68
01/05/2006 al 30/04/2007, S3MN de Bs.500=1500.- x26%=390 x 12M =Bs. 4.680,00
01/05/2007 al 18/02/2008, S3MN de Bs.525=1575,- x 26%=409,50.- x 9M y 18D=Bs. 3.931,20
9.434,88
menos lo pagado en los últimos 18 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.184,90)=Bs. 3.328,20
6.106,68
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.15.875,57
4.- PARA JULIO HERMENEGILDO LEDEZMA MIRANDA
Tiempo de servicios: 12 años, 3 meses y 8 días
Salario promedio indemnizable: Bs.1.724,90
Indemnización por tiempo de servicios (2 quinquenios) Bs.17.249,00
Vacaciones (60 días) Bs.3.449,80
Aguinaldo por duodécimas de 1 mes y 23 días de la gestión 2006, doble por su cumplimiento Bs.507,89
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.2.145,38
23/02/2004 al 14/11/2004, S3MN de Bs.440=1320,- x18%=237,60 x 8M y 21 D =Bs. 2.067,12
15/11/2004 al 23/02/2006, S3MN de Bs.440=1320.- x26%=343,20 x 15M y 9D =Bs. 5.250,96
7.318,08
menos lo pagado en los últimos 23 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.224,90)=Bs. 5.172,70
2.145,38
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.23.352,07
5.- PARA EDWIN HUGO VEIZAGA VARGAS
Tiempo de servicios: 11 años, 6 meses y 20 días
Salario promedio indemnizable: Bs.1.444,90
Indemnización por tiempo de servicios (2 quinquenios) Bs.14.449,00
Vacaciones (60 días) Bs.2.889,80
Aguinaldo por duodécimas de 6 meses de la gestión 2006, doble por su cumplimiento Bs.1.444,90
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.2.058,88
30/06/2004 al 10/12/2005, S3MN de Bs.440=1320,- x18%=237,60 x 17M y 11D =Bs. 4.126,32
11/12/2005 al 30/04/2006, S3MN de Bs.440=1320.- x26%=343,20 x 4M y 19D =Bs. 1.590,16
01/05/2006 al 30/06/2006, S3MN de Bs.500=1500,- x 26%=390.- x 2 M =Bs. 780,00
6.496,48
menos lo pagado en los últimos 24 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.184,90)=Bs. 4.437,60
2.058,88
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.20.842,58
6.- PARA DUBERTY ANGULO TORRICO
Tiempo de servicios: 13 años
Salario promedio indemnizable: Bs.1.384,90
Indemnización por tiempo de servicios (2 quinquenios) Bs.13.849,00
Vacaciones (60 días) Bs.2.769,80
Aguinaldo por duodécimas de 10 meses y 15 días de la gestión 2006, doble por su cumplimiento Bs.2.423,58
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.5.192,10
15/11/2004 al 14/11/2005, S3MN de Bs.440=1320,- x18%=237,60 x 13M =Bs. 3.088,80
15/11/2005 al 31/05/2006, S3MN de Bs.440=1320.- x26%=343,20 x 6M y 15D =Bs. 2.230,80
01/06/2006 al 15/11/2006, S3MN de Bs.500=1500,- x 26%=390.- x 4M y 15D =Bs. 1.755,00
7.074,60
menos lo pagado en los últimos 15 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.125,50)=Bs. 1.882,50
5.192,10
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.24.234,48
7.- PARA VICTOR JULIAN VARGAS REVOLLO
Tiempo de servicios: 9 años, 7 meses y 15 días
Salario promedio indemnizable: Bs.1.385,50
Indemnización por tiempo de servicios (1 quinquenio) Bs.6.927,50
Vacaciones (40 días) Bs.1.847,33
Aguinaldo por duodécimas de 6 meses y 1 día de la gestión 2007, doble por su cumplimiento Bs.1.393,20
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.3.085,20
30/06/2005 al 15/10/2005, S3MN de Bs.440=1320,- x11%=145,20 x 3M y 15 D =Bs. 508,20
16/10/2005 al 30/04/2006, S3MN de Bs.440=1320.- x18%=237,60 x 7M y 15D =Bs. 1.782,00
01/05/2006 al 30/04/2007, S3MN de Bs.500=1500,- x 18%=270.- x 12 M =Bs. 3.240,00
01/05/2007 al 30/06/2007, S3MN de Bs.525=1575,- x 18%=283,50.- x 2M =Bs. 567,00
6.097,20
menos lo pagado en los últimos 24 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.125,50)=Bs. 3.012,00
3.085,20
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.13.253,23
TOTAL Bs.159.150,16
Sin multa por ser excusable
1.- PARA JUAN MOREIRA POZO
Tiempo de servicios: 12 años, 11 meses y 16 días
Salario promedio indemnizable: Bs.1724,9
Indemnización por tiempo de servicios Bs.22.356,62
Desahucio Bs.5.174,70
Vacaciones (60 días) Bs.3.449,80
Aguinaldo por duodécimas de 10 meses y 1 día de la gestión 2006, doble por su cumplimiento Bs.2.884,41
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.3.023,92
31/10/2004 al 14/11/2004, S3MN de Bs.440=1320,- x18%=237,60 x 14 D =Bs. 110,88
15/11/2004 al 31/05/2006, S3MN de Bs.440=1320.- x26%=343,20 x 18M y 16D =Bs. 6.360,64
01/06/2006 al 31/10/2006, S3MN de Bs.500=1500,- x 26%=390.- x 5 M =Bs. 1.950,00
8.421,52
menos lo pagado en los últimos 24 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.224,90)=Bs. 5.397,60
3.023,92
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.36.889,45
2.-PARA NORBERTO MANZANO DORADO
Tiempo de servicios: 12 años, 7 meses y 20 días
Salario promedio indemnizable: Bs.1724,9
Indemnización por tiempo de servicios (2 quinquenios) Bs.17.249,00
Vacaciones (60 días) Bs.3.449,80
Aguinaldo por duodécimas de 3 meses y 22 días de la gestión 2007, doble por su cumplimiento Bs.1.073,27
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.2.930,72
22/04/2005 al 01/09/2005, S3MN de Bs.440=1320,- x18%=237,60 x 4M y 10D =Bs. 1.029,60
02/09/2005 al 30/04/2006, S3MN de Bs.440=1320.- x26%=343,20 x 7M y 28D =Bs. 2.722,72
01/05/2006 al 22/04/2007, S3MN de Bs.500=1500,- x26%=390.- x 11M y 22D =Bs. 4.576,00
8.328,32
menos lo pagado en los últimos 24 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.224,90)=Bs. 5.397,60
2.930,72
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.24.702,79
3.- PARA VICTOR RENE NAVA ROMANO
Tiempo de servicios: 14 años, 3 meses y 3 días
Salario promedio indemnizable: Bs.800,00
Indemnización por tiempo de servicios (2 quinquenios) Bs.8.000,00
Vacaciones (60 días) Bs.1.600,00
Aguinaldo por duodécimas de 1 mes y 8 días de la gestión 2008, doble por su cumplimiento Bs.168,89
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.6.106,68
18/02/2006 al 30/04/2006, S3MN de Bs.440=1320,- x26%=343,20 x 2M y 12 D =Bs. 823,68
01/05/2006 al 30/04/2007, S3MN de Bs.500=1500.- x26%=390 x 12M =Bs. 4.680,00
01/05/2007 al 18/02/2008, S3MN de Bs.525=1575,- x 26%=409,50.- x 9M y 18D=Bs. 3.931,20
9.434,88
menos lo pagado en los últimos 18 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.184,90)=Bs. 3.328,20
6.106,68
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.15.875,57
4.- PARA JULIO HERMENEGILDO LEDEZMA MIRANDA
Tiempo de servicios: 12 años, 3 meses y 8 días
Salario promedio indemnizable: Bs.1.724,90
Indemnización por tiempo de servicios (2 quinquenios) Bs.17.249,00
Vacaciones (60 días) Bs.3.449,80
Aguinaldo por duodécimas de 1 mes y 23 días de la gestión 2006, doble por su cumplimiento Bs.507,89
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.2.145,38
23/02/2004 al 14/11/2004, S3MN de Bs.440=1320,- x18%=237,60 x 8M y 21 D =Bs. 2.067,12
15/11/2004 al 23/02/2006, S3MN de Bs.440=1320.- x26%=343,20 x 15M y 9D =Bs. 5.250,96
7.318,08
menos lo pagado en los últimos 23 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.224,90)=Bs. 5.172,70
2.145,38
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.23.352,07
5.- PARA EDWIN HUGO VEIZAGA VARGAS
Tiempo de servicios: 11 años, 6 meses y 20 días
Salario promedio indemnizable: Bs.1.444,90
Indemnización por tiempo de servicios (2 quinquenios) Bs.14.449,00
Vacaciones (60 días) Bs.2.889,80
Aguinaldo por duodécimas de 6 meses de la gestión 2006, doble por su cumplimiento Bs.1.444,90
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.2.058,88
30/06/2004 al 10/12/2005, S3MN de Bs.440=1320,- x18%=237,60 x 17M y 11D =Bs. 4.126,32
11/12/2005 al 30/04/2006, S3MN de Bs.440=1320.- x26%=343,20 x 4M y 19D =Bs. 1.590,16
01/05/2006 al 30/06/2006, S3MN de Bs.500=1500,- x 26%=390.- x 2 M =Bs. 780,00
6.496,48
menos lo pagado en los últimos 24 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.184,90)=Bs. 4.437,60
2.058,88
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.20.842,58
6.- PARA DUBERTY ANGULO TORRICO
Tiempo de servicios: 13 años
Salario promedio indemnizable: Bs.1.384,90
Indemnización por tiempo de servicios (2 quinquenios) Bs.13.849,00
Vacaciones (60 días) Bs.2.769,80
Aguinaldo por duodécimas de 10 meses y 15 días de la gestión 2006, doble por su cumplimiento Bs.2.423,58
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.5.192,10
15/11/2004 al 14/11/2005, S3MN de Bs.440=1320,- x18%=237,60 x 13M =Bs. 3.088,80
15/11/2005 al 31/05/2006, S3MN de Bs.440=1320.- x26%=343,20 x 6M y 15D =Bs. 2.230,80
01/06/2006 al 15/11/2006, S3MN de Bs.500=1500,- x 26%=390.- x 4M y 15D =Bs. 1.755,00
7.074,60
menos lo pagado en los últimos 15 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.125,50)=Bs. 1.882,50
5.192,10
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.24.234,48
7.- PARA VICTOR JULIAN VARGAS REVOLLO
Tiempo de servicios: 9 años, 7 meses y 15 días
Salario promedio indemnizable: Bs.1.385,50
Indemnización por tiempo de servicios (1 quinquenio) Bs.6.927,50
Vacaciones (40 días) Bs.1.847,33
Aguinaldo por duodécimas de 6 meses y 1 día de la gestión 2007, doble por su cumplimiento Bs.1.393,20
Bono de antigüedad (dos últimos años) Bs.3.085,20
30/06/2005 al 15/10/2005, S3MN de Bs.440=1320,- x11%=145,20 x 3M y 15 D =Bs. 508,20
16/10/2005 al 30/04/2006, S3MN de Bs.440=1320.- x18%=237,60 x 7M y 15D =Bs. 1.782,00
01/05/2006 al 30/04/2007, S3MN de Bs.500=1500,- x 18%=270.- x 12 M =Bs. 3.240,00
01/05/2007 al 30/06/2007, S3MN de Bs.525=1575,- x 18%=283,50.- x 2M =Bs. 567,00
6.097,20
menos lo pagado en los últimos 24 meses, s/g Fs. 141-151 (c/mes a Bs.125,50)=Bs. 3.012,00
3.085,20
TOTAL BENEFICIOS POR PAGAR Bs.13.253,23
TOTAL Bs.159.150,16
Sin multa por ser excusable
- Finalizado el proceso social, se pronunció Sentencia de 29 de septiembre de 2008, de fs
- Edgar Zurita Herbas, en representación de la Federación Sindical de Trabajadores de Autotransporte de Cochabamba,
- Dicha resolución motivó que la parte actora, presentara recurso de casación en la forma y
- b) La Relación procesal es defectuosa y no contiene en los puntos de hecho a
- c) Refiere asimismo que de conformidad a lo dispuesto por el art
- i) Refirió que de acuerdo al art
- ii) El Auto de Vista impugnado, pese a reconocer o admitir que excepto Juan Moreira
- iii) Con relación al ex trabajador Duberty Angulo Torrico, correspondía declarar probada la excepción perentoria
- Además tampoco tiene derecho a beneficios sociales por no haber cumplido con la media jornada
- Debe deducirse el 2 de junio de 2008 equivalen a un mes de sueldo por
- El ex empleado Julio Hermenegildo Ledezma Miranda, ingresó el 15 de noviembre de 1993 como
- iv) No existe adecuada valoración de la prueba conforme a la sana crítica y de
- En el caso de Juan Moreira Pozo, el A quo para considerar que fue destituido
- Concluyó solicitando “por lo expuesto acusamos de no haberse valorado adecuadamente la prueba documental
- Formulado el recurso de casación en ambos efectos, se hace necesario en primer término y
- Hay una situación en la que, de todas maneras, el Juez puede incurrir en ultra
- Distinto es el caso de que tal potestad se haya ejercido sobre conceptos ajenos a
- c) Respecto a que la Sentencia habría sido pronunciado fuera del plazo de los 10
- Al respecto el Tribunal de Alzada se pronunció señalando que el A quo se basó
- Conforme a lo señalado, el art
- En su art
- En ese entendido, conforme a la demanda cursante de fs
- Se debe tener presente que la aplicación de los arts
- En el caso presente la inclusión del tiempo de servicios no demandados a efectos de
- Por último y bajo los alcances del citado art
- 2)
- Sobre este motivo del recurso, precisar que al encontrar el mismo su origen en la
- El anterior criterio adquiere coherencia con lo contenido en el art
- 3)
- 4)
- Sobre el particular es menester considerar que la valoración de la prueba en materia laboral
- La uniforme jurisprudencia sentada por el Supremo Tribunal de Justicia establece que la apreciación y
- Conviene tener presente que el error de derecho en la apreciación de la prueba, doctrinalmente
- En efecto, conforme al art
- Respecto a que el Auto de Vista no hubiera considerado la determinación del A quo,
- Consiguientemente este Tribunal considera que dicho Memorándum cursante a fs
- En mérito a lo expuesto, al evidenciarse errónea interpretación en cuanto al cálculo de la
- Sin multa por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
