Auto Supremo AS/0808/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0808/2015

Fecha: 09-Oct-2015

Por último y bajo los alcances del citado art

Por último y bajo los alcances del citado art. 202.c) del CPT no se tratan de conceptos que los demandantes hayan omitido involuntariamente, sino de una omisión voluntaria, reconociendo expresamente que sólo les corresponde el quinquenio consolidado, luego de declarar que se desvincularon voluntariamente