Segundo, de otro lado se tiene la Partida Nº 124 de 3 de noviembre de
Segundo, de otro lado se tiene la Partida Nº 124 de 3 de noviembre de 1961 de fs. 122 a 124, y fs. 268 a 273, en la que se establece que un representante de la CNSS solicitó la inscripción de la escritura pública Nº 74 de transferencia de lote de terreno urbano el 27 de octubre de 1960, por la que consta que el Comité de Deportes del Beni es propietaria de un lote de terreno contiguo al Estadio Departamental de 10.670 m2 habidos por diferentes transferencias de sus anteriores propietarios, entre ellos, Pedro Antonio Gutiérrez; derecho propietario definitivamente inscrito bajo las partidas Nos.120 al 125 de fs. 145 a fs. 154 del Libro de Propiedades de la Capital el 27 de octubre de 1960, señalándose que con ese derecho propietario, el indicado Comité de Deportes del Beni transfirió la totalidad del lote de terreno a favor de la CNSS para la construcción de un Hospital, en pago, dicha institución se comprometía a construir en el Estadio Departamental
- Distrito: Beni
- CONSIDERANDO I:
- Ernestina Gutiérrez Muñoz Vda
- En grado de apelación, la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, mediante
- Mediante Auto Supremo Nº 99 de 11 de febrero de 2015 de fs
- Por Auto de Vista Nº 16 de 24 de agosto de 2015, de fs
- CONSIDERANDO II:
- El demandante señala que dicho Convenio se suscribió en forma unilateral bajo violencia y presión
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- En base a dichos antecedentes, pide la nulidad de obrados hasta que se cite con
- Toda vez que el presente caso fue accionado por vía del amparo constitucional, y su
- Sin embargo de ese razonamiento, en cumplimiento de la resolución del Tribunal de Garantías corresponde
- De su parte, la co-demandada Sra
- Segundo, de otro lado se tiene la Partida Nº 124 de 3 de noviembre de
- Respecto de dicha Partida Nº 124, la prenombrada co-demandada señala en su respuesta a la
- Tercero, el Convenio y Copropiedad del Estadio Departamental de Fútbol de 4 de junio de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
