Auto Supremo AS/0809/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0809/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

Esta precisión demuestra en principio que la mención de parte del Tribunal de alzada respecto


Esta precisión demuestra en principio que la mención de parte del Tribunal de alzada respecto a la imposibilidad de revalorizar la prueba, no está vinculada al motivo alegado sobre defectuosa valoración de la prueba en sentencia como sostiene la recurrente en el presente recurso de casación; se acredita que la recurrente no cumplió con la carga procesal que tiene todo apelante cuando denuncia defectuosa valoración probatoria, limitándose a manifestar que la Sentencia se basa en hechos inexistentes o no acreditados o en la valoración defectuosa de la prueba; toda vez, que no existen testigos y documentos que no establezcan la participación de la querellada, falta de prueba que excluye su participación dejando en duda la existencia del hecho no advertido este, sin ingresar a valorar la prueba, las que debieron hacérsela en base a la sana critica que no fueron tomadas en cuenta en Sentencia