CONSIDERANDO I
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 845
Sucre, 03 de noviembre de 2015
Expediente: 180/2013-A
Demandante: Empresa La Cascada
Demandado: Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes del Servicio
de Impuestos Nacionales
Distrito: La Paz
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, interpuesto por la Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales (GRACO del SIN) La Paz, de fs. 547 a 551 vta., contra el Auto de Vista Nº 147/2013 de 22 de julio (fs. 542 a 544), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso Contencioso Tributario seguido por La Cascada S.A., contra la Gerencia Distrital GRACO del SIN, la respuesta fs. 554 a 558 vta., el Auto de fs. 560 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que, tramitado el proceso Contencioso Tributario, el Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, emitió Sentencia Nº 02/2013 del 14 de febrero, cursante a fs. 469 a 503, que Revocando la Resolución Determinativa (RD) Nº 17-0419-2009 de 16 de septiembre de 2009, disponiendo el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Jerárquica SGT-RJ/0540/2007 de 27 de septiembre
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 845
Sucre, 03 de noviembre de 2015
Expediente: 180/2013-A
Demandante: Empresa La Cascada
Demandado: Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes del Servicio
de Impuestos Nacionales
Distrito: La Paz
Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca
VISTOS: El recurso de casación en el fondo, interpuesto por la Gerencia Distrital de Grandes Contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales (GRACO del SIN) La Paz, de fs. 547 a 551 vta., contra el Auto de Vista Nº 147/2013 de 22 de julio (fs. 542 a 544), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso Contencioso Tributario seguido por La Cascada S.A., contra la Gerencia Distrital GRACO del SIN, la respuesta fs. 554 a 558 vta., el Auto de fs. 560 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1. Antecedentes del proceso
I.1.1. Sentencia
Que, tramitado el proceso Contencioso Tributario, el Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, emitió Sentencia Nº 02/2013 del 14 de febrero, cursante a fs. 469 a 503, que Revocando la Resolución Determinativa (RD) Nº 17-0419-2009 de 16 de septiembre de 2009, disponiendo el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Jerárquica SGT-RJ/0540/2007 de 27 de septiembre
- CONSIDERANDO I
- Interpuesto el Recurso de Casación en el fondo por la Gerencia GRACO del SIN de
- La Cascada S
- “…las autoridades demandadas no resolvieron los argumentos planteados en el memorial de respuesta efectuada por
- Los argumentos y fundamentos utilizados por el Tribunal de garantías, hicieron arribar a la decisión
- Del contenido del recurso de casación, con base en el AS 011/2014, se tienen los
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- En tal sentido, adujo, que resultó evidente que al momento de la producción por parte
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- En conclusión el Auto de Vista recurrido carece de total y absoluto fundamento técnico-legal, evadiendo
- En cumplimiento a la SC Nº 0226/2014-S2, de 5 de diciembre, en cuanto al derecho
- De los antecedentes sometidos a un análisis somero se evidencia que la presunta omisión, en
- Por otra parte el art
- Asimismo el citado Auto Supremo efectúa la concordancia con la CPE, estableciendo que: “el art
- La Constitución Política del Estado (CPE) en su art
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- “Al respecto la CPE en el art
- En base al Principio de Legalidad, la Administración pública no podría actuar por autoridad propia,
- La Ley de Procedimiento Administrativo acertadamente incluyó dentro de sus principios la VERDAD MATERIAL, LEGALIDAD,
- Después de haber efectuado el respectivo análisis al marco normativo que rige para el
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
