Auto Supremo AS/1076/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1076/2015

Fecha: 18-Nov-2015

3) Solo el tribunal de alzada ha cometido error de derecho en la apreciación de

3) Solo el tribunal de alzada ha cometido error de derecho en la apreciación de la prueba de confesión judicial espontanea e infracción del art. 1321 del Código Civil, en cuanto negó valor legal a la prueba de fs. 230-234 en contra de lo señalado por la Juez, sin considerar que por su contenido esa documental es expresión de una confesión judicial espontanea del actor, en sentido de que los trabajos que realizó fueron por unidad o ejecución volumétrica pero jamás por hora de trabajo