Auto Supremo AS/0918/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0918/2015

Fecha: 18-Dic-2015

En cuanto a los motivos expuestos en los numerales 3 al 8 del recurso en

Bajo esos parámetros se concluye en definitiva que no son evidentes las infracciones denunciadas en los puntos 1 y 2 del recurso de casación presentado por la empresa demandada.
II.1.2. Sobre el retiro intempestivo y el pago de desahucio e indemnización, derecho a aguinaldo y pago doble, vacaciones, incrementos salariales, primas por utilidades y multa
En cuanto a los motivos expuestos en los numerales 3 al 8 del recurso en examen, la empresa recurrente se limita a señalar que como lógica consecuencia de la no existencia de relación obrero patronal, tampoco corresponde pago alguno de beneficios sociales menos multa y por tanto, se aplicó indebidamente el art. 9 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006