Auto Supremo AS/0918/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0918/2015

Fecha: 18-Dic-2015

II

I.4. Respuesta al recurso de casación
Mediante memorial cursante de fs. 871 a 873, el actor contesta el recurso de casación señalando en partes trascendentales que, el recurrente, no dio cumplimiento a la previsión contenida en el art. 258 del Código de Procedimiento Civil, norma que estipula los requisitos que debe contener el recurso de casación. Señala que no basta citar violaciones o errores sino que es necesario demostrarlos además de expresar en términos claros y precisos la ley o leyes violadas o aplicadas erróneamente, en el caso, dice, el recurso de casación constituye una repetición del memorial de apelación. Concluye señalando que la valoración de los elementos probatorios son incensurables en casación, por tanto pide se declare el recurso formulado improcedente con costas.
CONSIDERANDO II:
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
II.1.1. Inexistencia de relación laboral e Inexistencia de simulación y encubrimiento en la suscripción de contratos civiles de prestación de servicios profesionales