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    Auto Supremo AS/1101/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1101/2015

    Fecha: 03-Dic-2015

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    • ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Citada legalmente la demandada, por memorial de fs
    • Remitido y radicado el proceso en el Juzgado Octavo de Partico en lo Civil y
    • Sustanciado el proceso en primera instancia, la Juez de Partido Octavo en Materia Civil y
    • Del contenido del recurso se resume lo siguiente
    • 2
    • 3
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    • 6
    • 7
    • 9
    • Por lo que de conformidad a lo dispuesto por el art
    • Ingresando al fondo del caso de Autos y luego de una revisión exhaustiva del recurso,
    • Respecto del plano de fs
    • Finalmente el plano de fs
    • Por otra parte el inciso B) Inspección Judicial, acto procesal plasmado en el acta de
    • En el inciso C) Prueba Pericial, se tiene que en el marco del art
    • Como se puede advertir las pruebas producidas por las partes han sido debidamente valoradas por
    • Asimismo debemos aclarar que el art
    • Al agravio 2, acusa que el Juez no habría fijado los puntos de pericia de
    • Al efecto haremos referencia a lo dispuesto por el art
    • Es cierto y evidente que el art
    • Previsión legal que fue aplicada al caso de Autos, en el entendido de que la
    • Se debe destacar que ambas pericias autorizadas por la Juez del proceso cumplieron su finalidad
    • Al agravio 4, respecto de que no se habría tomado en cuenta la prueba documental
    • Para mayor abundamiento diremos que el art
    • Como se tiene de la misma norma, existen dos situaciones diferentes para el caso de
    • Al agravio 5, alega que el proceso voluntario de división y partición interpuesto ante el
    • En ese contexto es menester señalar que; el Capítulo I, del Título IV, del Libro
    • Al agravio 6, acusa errónea interpretación de los arts
    • Las disposiciones citadas por la recurrente se encuentran referidas a los documentos públicos y la
    • Al agravio 7, incide en la inobservancia del art
    • Respecto del agravio acusado en este punto, ya se tiene manifestado en la respuesta al
    • Al agravio 9, reitera que la prueba que cursa de fs
    • Del análisis de obrados se tiene que la parte actora adjunta a su demanda el
    • De lo que se concluye que los jueces de instancia han obrado correctamente y conforme
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.

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