En ese contexto es menester señalar que; el Capítulo I, del Título IV, del Libro
En ese contexto es menester señalar que; el Capítulo I, del Título IV, del Libro Cuarto del Código de Procedimiento Civil, en su art. 639 regula los procedimientos voluntarios, señalando entre otros el num. 5) “La división de herencia y otros bienes comunes”, siendo competente para su conocimiento los Jueces de Instrucción, conforme lo dispone el art. 640 del citado Código, mientras no resultaren contenciosos, a cuyo efecto el parágrafo II del precitado artículo textualmente señala: “el procedimiento declarado contencioso será remitido, dentro de tercero día, al juez de partido ordinario…”, disposición legal correctamente aplicada por el A quo frente a la oposición suscitada por la demandada en su memorial de fs. 63 a 64, emitiendo la Resolución Nº 298, de 29 de mayo de 2010 (fs. 68-69), cuyo fundamento radica en la contraposición de la demandada a la pretensión de la demandante, tornando el proceso voluntario en contencioso, aspecto que por lógica legal pasó a conocimiento del Juez de Partido en cumplimiento a las disposiciones señaladas en este punto, no siendo evidente la ilegalidad aducida por la recurrente
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Citada legalmente la demandada, por memorial de fs
- Remitido y radicado el proceso en el Juzgado Octavo de Partico en lo Civil y
- Sustanciado el proceso en primera instancia, la Juez de Partido Octavo en Materia Civil y
- Del contenido del recurso se resume lo siguiente
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- Por lo que de conformidad a lo dispuesto por el art
- Ingresando al fondo del caso de Autos y luego de una revisión exhaustiva del recurso,
- Respecto del plano de fs
- Finalmente el plano de fs
- Por otra parte el inciso B) Inspección Judicial, acto procesal plasmado en el acta de
- En el inciso C) Prueba Pericial, se tiene que en el marco del art
- Como se puede advertir las pruebas producidas por las partes han sido debidamente valoradas por
- Asimismo debemos aclarar que el art
- Al agravio 2, acusa que el Juez no habría fijado los puntos de pericia de
- Al efecto haremos referencia a lo dispuesto por el art
- Es cierto y evidente que el art
- Previsión legal que fue aplicada al caso de Autos, en el entendido de que la
- Se debe destacar que ambas pericias autorizadas por la Juez del proceso cumplieron su finalidad
- Al agravio 4, respecto de que no se habría tomado en cuenta la prueba documental
- Para mayor abundamiento diremos que el art
- Como se tiene de la misma norma, existen dos situaciones diferentes para el caso de
- Al agravio 5, alega que el proceso voluntario de división y partición interpuesto ante el
- En ese contexto es menester señalar que; el Capítulo I, del Título IV, del Libro
- Al agravio 6, acusa errónea interpretación de los arts
- Las disposiciones citadas por la recurrente se encuentran referidas a los documentos públicos y la
- Al agravio 7, incide en la inobservancia del art
- Respecto del agravio acusado en este punto, ya se tiene manifestado en la respuesta al
- Al agravio 9, reitera que la prueba que cursa de fs
- Del análisis de obrados se tiene que la parte actora adjunta a su demanda el
- De lo que se concluye que los jueces de instancia han obrado correctamente y conforme
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran.
