Auto Supremo AS/0023/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0023/2015-L

Fecha: 24-Feb-2015

Adicionalmente alega que, se incurrió en violación del art

Adicionalmente alega que, se incurrió en violación del art. 236 del CPC, al no haber efectuado la valoración de la expresión de agravios en la que se solicita la aplicación de la sanción del 30% prevista por falta de pago oportuno de los salarios y beneficios sociales, conculcando el derecho de petición y violando las disposiciones de los arts. 59, 64, 67 y 202 del Código Procesal del Trabajo, pues al margen de ello, afectaron sus derechos aludiendo documentos que no se encuentran insertos en la litis, excluyendo de oficio, beneficios que a criterio suyo, le correspondía, sin que la parte adversa hubiera efectuado el pago de salarios devengados, actuando de manera ultra petita y contraviniendo los principios de materia laboral, siendo que el principio de concentración, no faculta al tribunal de apelación a arrogarse la condición de parte y disponer la separación de salarios injustificadamente y sin base documental de ninguna índole, que resulta insólito disponer la exclusión de salarios no pagados, sin existir documentación alguna, que autorice el pago de desahucio e indemnización, siendo de conocimiento público que Lloyd Aéreo Boliviano, ya no opera hace varios meses