Auto Supremo AS/0023/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0023/2015-L

Fecha: 24-Feb-2015

Posteriormente, en alzada, el tribunal de apelación, confirmó dicha determinación, pero empeorando más aún la

Posteriormente, en alzada, el tribunal de apelación, confirmó dicha determinación, pero empeorando más aún la situación del trabajador, dispone que solo se reconozcan en favor del actor como salarios devengados, los correspondientes a los meses de julio de 2006 y de abril a octubre de 2007, argumentando que en proceso anterior instaurado por la Federación Sindical de Trabajadores del LAB contra esa empresa, se emitió sentencia, reconociendo a favor del demandante sueldos adeudados que comprenden desde diciembre de 2005 a marzo de 2007; en consecuencia, en virtud del principio de concentración, no corresponde el reconocimiento de los periodos solicitados por el recurrente, sino únicamente los meses de julio de 2006 y abril a octubre de 2007, como se tiene referido