Auto Supremo AS/0131/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2015

Fecha: 02-Mar-2015

De igual manera de la revisión del proceso se puede evidenciar que, la empresa

De igual manera de la revisión del proceso se puede evidenciar que, la empresa demandada AGROMAC S.R.L. ha suscitado incidente de declinatoria de competencia, y al contestar dicho incidente, los demandantes arriman al proceso Sentencia de otros procesos que se han tramitado dentro de la jurisdicción ordinaria, acción de amparo constitucional donde se apersona AGROMAC S.R.L. como tercero interesado, donde claramente establece el abogado de la parte accionante que han adquirido 167 lotes de terreno, en la zona que se conoce como el nombre de Malpaizo Viejo, La Purísima, El Encanto, aseveración que se encuentra a fs. 179 de obrados, lo que demuestra que son lotes los que existen en la actualidad o en todo caso la zona estuviera en proceso de loteamiento por lo tanto dentro del área urbana. Igualmente al contestar los demandantes este incidente de declinatoria de competencia, hace referencia a que “ se debe tomar en cuenta la Ordenanza Municipal No 065/2009, donde el Honorable Municipio de Cotoca, aprobando el plano director en el año 2000, se encuentran los terrenos incluidos objeto del presente proceso, quedando encargados de su ejecución a partir de esa fecha la Oficina Técnica del Plan regulador y la Oficialía Mayor Operativa del Gobierno Municipal de Cotoca” (fs. 186 de obrados). Asimismo hace referencia a que existe una Urbanización de fecha 04 de julio de 2000, aprobado por la Alcaldía Municipal de Cotoca el 6 de julio de 2000, como “Las Purísimas” a nombre de AGROMAC S.R.L.. Asimismo en el memorial de respuesta a este incidente, los demandantes solicitan que el Municipio de Cotoca informe sobre si se encuentra aprobado la Urbanización “La Purísima”, desde que fecha se encuentra aprobada, se remitan fotocopias legalizadas de los documentos presentados para su aprobación, y si se realizó ventas de lotes de terrenos ( fs. 188 de obrados), elementos que nos permiten evidenciar que “ La Purísima” se encuentra en proceso de loteamiento y por lo tanto dentro de la mancha urbana del Municipio de Cotoca, aspectos que el Tribunal de Alzada no ha tomado en cuenta al disponer la nulidad de obrados