Auto Supremo AS/0131/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2015

Fecha: 02-Mar-2015

FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

Respecto a los principios de convalidación y preclusión el Tribunal de Alzada considera que los mismo no operarían en razón de que se trata de la competencia, no compartimos el criterio, ni la decisión asumida de anular obrados por una aparente incompetencia, ya que se estaría afectando el derecho a una tutela judicial efectiva que garantiza el Estado mediante sus órganos jurisdiccionales, por lo que debe anularse el Auto de Vista No 387 de fecha 26 de septiembre de 2014, debiendo dictarse nuevo Auto de Vista en los límites que dispone el art. 236 del Código de Procedimiento Civil
Concluye su recurso solicitando que se anule el Auto de Vista y se emita otro por el Tribunal de Alzada, conforme la pertinencia del art. 236 del Código de Procedimiento Civil.
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Del recurso de casación interpuesto en la forma, se puede inferir que todos los puntos de impugnación versan sobre la nulidad dispuesta por el tribunal de Alzada, derivando el proceso a la jurisdicción agroambiental en el entendido que el predio denominado “La Purísima” se encontraría fuera del radio urbano es decir, fuera una propiedad agraria, razón está para determinar que el proceso fuera conocido por la jurisdicción agroambiental