Auto Supremo AS/0142/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0142/2015

Fecha: 19-Mar-2015

Consiguientemente, al ser ciertas en parte las infracciones acusadas en el recurso de casación

Consiguientemente, al ser ciertas en parte las infracciones acusadas en el recurso de casación en el fondo de fs. 96 a 98 vta., corresponde resolver de acuerdo a lo establecido en los arts. 271.4) y 274. II del CPC, aplicables por permisión del art. 252 del CPT