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    Auto Supremo AS/0177/2015-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0177/2015-RA

    Fecha: 13-Mar-2015

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    • Por memoriales presentados el 3 y 16 de septiembre de 2014, cursantes de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • c) Notificados los recurrentes Fran Elber Lozano Mendoza y Justo León Valencia por una parte
    • De la revisión de los recursos de casación se extraen los siguientes motivos
    • Por otra parte, refieren que el Auto de Vista, no verificó si la valoración de
    • 2) Refiere también que el Tribunal de alzada, revalorizó prueba excluida del proceso actuando como
    • 3) Asimismo, denuncia incongruencia omisiva, por cuanto el Tribunal de alzada, no se pronunció respecto
    • El art
    • Dentro de ese mismo contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • Con relación al requisito del plazo para la interposición de recurso de casación, los
    • Con relación a la denuncia formulada por los recurrentes, referente a que el Auto de
    • En lo referente al requisito del plazo para la interposición de recurso de casación, el
    • El recurrente invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 450 de 19 de agosto de
    • Con relación al Auto Supremo 679 de 17 de diciembre de 2010, se deja constancia
    • Con relación al tercer motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, incurrió en
    • El recurrente también denuncia que el Tribunal de alzada se pronunció de manera ultra petita,
    • En cuanto al motivo en cuestión, el recurrente invocó como precedentes invocados los Autos Supremos
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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