Dentro de ese mismo contexto, el art
Dentro de ese mismo contexto, el art. 416 del CPP, establece que el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista, dictados por los Tribunales Departamentales de Justicia, que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales de estos Tribunales o del Tribunal Supremo de Justicia; entendiéndose que existe contradicción cuando en una situación de hecho similar, el sentido jurídico que se asigna al Auto de Vista impugnado no coincida con el o los precedentes invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance; pues debe tenerse presente, que en el actual régimen de recursos establecido por el Código de Procedimiento Penal, el recurso de casación tiene como función que el Tribunal Supremo de Justicia desarrolle la tarea de unificar la jurisprudencia a fin de asegurar la vigencia del principio de igualdad, de forma que todo ciudadano tenga la certeza y seguridad que la norma procesal y material será efectivamente aplicada por igual; además, esta labor se halla reconocida por el art. 42 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), que establece entre otras atribuciones de las Salas especializadas de éste Tribunal, la de sentar y uniformar jurisprudencia
- Por memoriales presentados el 3 y 16 de septiembre de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificados los recurrentes Fran Elber Lozano Mendoza y Justo León Valencia por una parte
- De la revisión de los recursos de casación se extraen los siguientes motivos
- Por otra parte, refieren que el Auto de Vista, no verificó si la valoración de
- 2) Refiere también que el Tribunal de alzada, revalorizó prueba excluida del proceso actuando como
- 3) Asimismo, denuncia incongruencia omisiva, por cuanto el Tribunal de alzada, no se pronunció respecto
- El art
- Dentro de ese mismo contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- Con relación al requisito del plazo para la interposición de recurso de casación, los
- Con relación a la denuncia formulada por los recurrentes, referente a que el Auto de
- En lo referente al requisito del plazo para la interposición de recurso de casación, el
- El recurrente invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 450 de 19 de agosto de
- Con relación al Auto Supremo 679 de 17 de diciembre de 2010, se deja constancia
- Con relación al tercer motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada, incurrió en
- El recurrente también denuncia que el Tribunal de alzada se pronunció de manera ultra petita,
- En cuanto al motivo en cuestión, el recurrente invocó como precedentes invocados los Autos Supremos
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
