Auto Supremo AS/0356/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0356/2015

Fecha: 20-May-2015

Que, posteriormente del Instructivo N° 01/98 III

Que, posteriormente del Instructivo N° 01/98 III.9 aprobado por Resolución Administrativa N° 997.98 de 26 de octubre de octubre 1998 emitida por el Viceministerio de Tesoro y Crédito Público señala que el Departamento de Fiscalización, realizará la liquidación de aporte hasta un período máximo de 15 años considerados a la fecha de la liquidación, debido a que vencido ese plazo se hallan prescritos conforme lo establece el art. 7° del DS N° 18494 salvo los períodos comprendidos en el último párrafo de esa disposición, que serán nuevamente reliquidados