Auto Supremo AS/0230/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0230/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

1) Refirió que existió la comisión de defectos absolutos como ser: a) No fue notificado


1) Refirió que existió la comisión de defectos absolutos como ser: a) No fue notificado con el Auto de Complementación y Enmienda; y, b) El Tribunal de alzada al corregir la falencia del señalamiento de cuando se empieza el plazo para el computo de la pena porque se incorporó una fecha equivocada, se dice en el Auto de Vista que corre desde el 12 de octubre de 2009, cuando lo correcto es 28 de mayo de 2009, incurriendo en lo previsto en el art. 169 incs. 1) y 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)