- Por memoriales presentados el 19 y 31 de marzo de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- 1) Refirió que existió la comisión de defectos absolutos como ser: a) No fue notificado
- 3) Se incurrió en el defecto contenido en el art
- 4) Se incurrió en defectos de la Sentencia previstos en el art
- 5) Se incurrió en el defecto previsto en el art
- 6) El Tribunal de alzada omitió referirse respecto del defecto contenido en el art
- 7) El Tribunal de alzada en el punto 5) de su segundo considerando, respecto de
- 8) Se infringió el art
- II.2 Recurso de casación del Ministerio Público
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Respecto del recurso planteado por Tomás Machaca Asencio, se constata que el recurrente cumplió con
- Con relación al recurso de casación planteado por el Ministerio Público, se constata que fue
- IV.1 Recurso de casación de Tomás Machaca Asencio
- Con relación al primer motivo, Refirió que existió la comisión de defectos absolutos como ser:
- Quinto motivo, Se incurrió en el defecto previsto en el art
- Con relación a las Sentencias Constitucionales 1103/2002-R de 13 de septiembre y 1668/2004-R, como se
- Séptimo motivo, El Tribunal de alzada en el punto 5) de su segundo considerando, respecto
- IV.2 Recurso de casación del Ministerio Público
- Es preciso hacer un análisis respecto al plazo de cinco días para la formulación del
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
