Auto Supremo AS/0300/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0300/2015-RRC-L

Fecha: 29-Jun-2015

2) Arguye que el Auto de Vista impugnado incurre en inobservancia o errónea aplicación


2) Arguye que el Auto de Vista impugnado incurre en inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva de los tipos penales que se le atribuyen, en lo referente a la obligación de responder sobre los montos que no se cancelaron en los formularios, lo que corresponde determinar en el ámbito civil y no en el penal. En ese sentido, alega infracción al principio de legalidad, puesto que no hay delito sin ley que lo tipifique, como en su caso, en el que su actuación no puede ser atribuida como tipo penal, porque se trata de un incumplimiento a su trabajo, a raíz de lo cual, el querellante le hizo firmar un documento para que se haga cargo y responsable de los montos que adeuda. Invoca los Autos Supremos 221 de 28 de marzo de 2007 y 144 de 22 de abril de 2006