Auto Supremo AS/0300/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0300/2015-RRC-L

Fecha: 29-Jun-2015

Ahora bien, de la lectura integral del Auto de Vista impugnado, se desprende que en


Ahora bien, de la lectura integral del Auto de Vista impugnado, se desprende que en el Primer Considerando, el Tribunal de alzada sostuvo que: “…referente a las exclusiones probatorias e incidentes planteadas son enteramente falsos y subjetivos, por cuanto las resoluciones que se tomaron en el desarrollo del juicio oral, fueron en estricta aplicación a las normas procesales establecidas en los Arts. 64, 124 y 359 del Código de Procedimiento Penal (…) y, si la parte imputada consideró que hubo defecto de procedimiento (…) en la resolución de los incidentes, le correspondía reclamar oportunamente su saneamiento o efectuado la reserva de recurrir, lo que en el caso que se analiza, no se observa lo dispuesto por el art. 407 del Código de Procedimiento Penal, por tanto, los vicios que reclama no tiene sustento legal por tanto resulta inatendibles” (sic)