Auto Supremo AS/0432/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0432/2015

Fecha: 17-Jun-2015

En el caso presente resulta demasiado evidente que la desvinculación laboral se produjo abruptamente por

En el caso presente resulta demasiado evidente que la desvinculación laboral se produjo abruptamente por efecto del accidente y siendo así, mal podría imputarse los efectos al trabajador privándole del desahucio. Asimismo, como efecto de la incapacidad, el trabajador, en casos como el presente, se encuentra con mínimas posibilidades de encontrar otra colocación laboral, de tal modo que los efectos de su intempestiva cesantía sobre su economía familiar adquieren connotaciones de mayor entidad y sin solución de continuidad, en cuya circunstancia la razonabilidad del plazo de tres meses para conseguir una nueva colocación resulta menguada, ergo, la indemnización por desahucio viene siendo un aliciente mínimo cuya pérdida o restricción importaría imputar al trabajador la responsabilidad y consecuencias de la desvinculación