Auto Supremo AS/0449/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0449/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

Fundamentó jurídicamente que la conducta del imputado se subsumió en el delito de Complicidad


El Tribunal de juicio señaló que se tiene demostrado que Gregorio Zambrana Rojas, fue cómplice en el Transporte de la Sustancia Controlada, pues admitió que recibió la mochila para transportar la misma y que fue utilizado por otras personas, por lo que se considera víctima. Concluyó que el imputado sabía que se trataba de sustancia controlada y prestó su colaboración para transportarla.

Fundamentó jurídicamente que la conducta del imputado se subsumió en el delito de Complicidad de acuerdo al art. 76 de la Ley 1008 en relación al art. 23 del Código Penal (CP), al haber aceptado voluntariamente los riesgos de cooperar para transportar una mochila con cocaína y que se le iba a pagar una suma de dinero a cambio de llevar la mochila a Montero; consecuentemente, lo declaró autor del delito de Complicidad en el Transporte de Sustancia Controlada, previsto y sancionado por los arts. 55 con relación al 76 de la Ley 1008, condenándole a la pena de seis años de presidio, la multa de Bs. 2000.- (dos mil bolivianos) a razón de Bs. 2.- por día, el pago de costas y gastos ocasionados al Estado