Auto Supremo AS/0449/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0449/2015-RRC

Fecha: 29-Jun-2015

ii) Luego del desarrollo doctrinal de la complicidad, refieren los Vocales que la conducta del


ii) Luego del desarrollo doctrinal de la complicidad, refieren los Vocales que la conducta del imputado se subsumió al tipo penal previsto en los arts. 55 y 76 de la Ley 1008, al haberse dirigido su conducta a una meta planificada. En su declaración informativa inicial refirió el imputado que una persona NN le pidió que lleve una mochila desde Yapacani hasta Santa Cruz en el mismo vehículo que conducía su amigo, quien aceptó llevar la misma, además argumentó que le habían amenazado con un arma de fuego por lo que pidió ayuda a la Policía, habiéndose determinado por las investigaciones que incurrió en el ilícito endilgado al haber ayudado, cooperado y facilitado a la consumación del delito de Transporte, ratificando que la complicidad se dio porque manifestó el imputado que la droga era de su amigo quien conducía el vehículo, siendo entonces este el autor y el imputado el cómplice