Auto Supremo AS/0215/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0215/2015

Fecha: 23-Jul-2015

Al respecto, es menester señalar que en el derecho laboral, por su naturaleza protectiva a

Al respecto, es menester señalar que en el derecho laboral, por su naturaleza protectiva a favor del trabajador, debe aplicarse el criterio de la igualdad entre partes, que permita un razonable equilibrio en las relaciones laborales, principio protectivo plasmado en los arts. 157 y 162 de la CPE de 1967, mantenido en los arts. 46 y 48.III de la CPE actual, 4 de la LGT, 3.g) y 59 del CPT