Auto Supremo AS/0215/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0215/2015

Fecha: 23-Jul-2015

Por otro lado manifiesta que, el tribunal de alzada incurrió en la violación por omisión

Por otro lado manifiesta que, el tribunal de alzada incurrió en la violación por omisión a lo preceptuado en el principio de inversión de la prueba prevista en los arts. 3.h), 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo (CPT), al no tomar en cuenta que el supuesto pago de los derechos laborales por el periodo 2002 a 2004, no ha sido demostrado por la empresa demandada, y al señalar que la relación laboral se inició el 1 de abril de 2004 ha quebrantado el principio protectorio contenido en el art. 4.I.a) del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, norma que fue elevada a nivel constitucional en el art. 48.II de la Ley Fundamental