Auto Supremo AS/0490/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0490/2015-RRC

Fecha: 17-Jul-2015

Arguye que en su recurso de apelación restringida, denunció defectuosa valoración de la prueba testifical


Arguye que en su recurso de apelación restringida, denunció defectuosa valoración de la prueba testifical de cargo de Martha Nuñez Ampuero, en vista de que dicho testigo presenció los alegatos iniciales, la declaración de la víctima y el juicio oral, por lo que reclamó que su declaración ya no era totalmente creíble; sin embargo, el Tribunal de Sentencia no fundamentó el por qué le asignó o no le asignó determinado valor, contraviniendo el Auto de Vista 220/06, referido a la obligación que tienen los Jueces y Tribunales al dictar una sentencia de otorgar un valor a cada prueba en que se funda la resolución y el Auto Supremo 308 de 25 de agosto de 2006, que menciona que el Tribunal de mérito debe analizar en su integridad los elementos probatorios introducidos legalmente al proceso con fundamento y límite en la sana crítica. Asimismo, expresa que el Tribunal de alzada al señalar que de forma implícita se otorgó valor a dicha declaración testifical, por el hecho de que es un pariente cercano, contravino lo establecido en el Auto Supremo 229/2012 de 27 de septiembre, acerca de que los Tribunales de alzada al advertir de que la Sentencia no se ajusta a las normas procesales, con relación a la valoración de la prueba y la falta de fundamentación y motivación, deben anular total o parcialmente la Sentencia