Auto Supremo AS/0249/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0249/2015

Fecha: 27-Ago-2015

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2.Recurso de casación en el fondo.
2.1.Error de hecho en la apreciación de la prueba contenida en las documentales de fs. 51, 56 y 57, que acredita de manera fehaciente la realidad de los hechos de la presente causa con relación a la causal de retiro, por lo que en sujeción de verdad material contenida en el art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), debió ser debidamente compulsada y valorada. Señala que el error de hecho en la valoración de la prueba es tal, que se concluyó que se despidió al actor, siendo que en realidad, él se encontraba haciendo uso de sus vacaciones, y voluntariamente, no retornó a la fuente laboral, circunscribiendo su conducta, a la previsión establecida en el art. 16 de la LGT, pues se produjo un abandono del trabajo por más de 6 días, lo que evidencia además que la ruptura laboral, se debió por voluntad propia del trabajador, extremo que hace inviable el pago del desahucio, aspecto que no fue analizado por el tribunal de apelación con la debía objetividad