Auto Supremo AS/0560/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0560/2015

Fecha: 13-Ago-2015

En cumplimiento a lo previsto en el art

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm., Social y Adm. Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad que le confieren los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, ANULA el Auto de Vista No 293 de 2 de octubre de 2014 de fs. 183 a 184, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, disponiendo que el Tribunal de apelación pronuncie nueva resolución observando los fundamentos del presente Auto Supremo y sea de manera inmediata, sin espera de turno.
En cumplimiento a lo previsto en el art. 17.IV de la LOJ, póngase en conocimiento del Consejo de la Magistratura el presente Auto Supremo para su registro respectivo, debiendo tenerse presente que conforme al dispositivo citado, así como el art. 275 del CPC y la Recomendación No 22 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su Informe aprobado el 5 de diciembre de 2013 (GARANTIAS PARA LA INDEPENDENCIA DE LAS Y LOS OPERADORES DE JUSTICIA. HACIA EL FORTALECIMIENTO DEL ACCESO A LA JUSTICIA Y EL ESTADO DE DERECHO EN LAS AMÉRICAS), la remisión de Autos Supremos anulatorios como el presente no tienen la finalidad de activar proceso administrativo alguno