Auto Supremo AS/0560/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0560/2015

Fecha: 13-Ago-2015

Los vicios advertidos constituyen un defecto que no puede ser convalidado ni subsanado, porque se

Los vicios advertidos constituyen un defecto que no puede ser convalidado ni subsanado, porque se encuentran comprometidos derechos y garantías constitucionales como el debido proceso y derecho a la defensa de la parte demandada; por ello, habiéndose infringido el orden público corresponde en previsión de los arts. 17 de la LOJ, 252 y 254.4 de CPC de oficio anular el Auto de Vista impugnado; correspondiendo a este Tribunal fallar en la forma establecida por los arts. 271.3 y 275 de CPC, aplicables por expresa determinación del art. 252 del CPT