Finalmente, si bien de forma general acusa interpretación errónea de las pruebas por parte del
Finalmente, si bien de forma general acusa interpretación errónea de las pruebas por parte del Ad quem, sin embargo, la parte recurrente no funda su denuncia de valoración de la prueba en error de hecho o de derecho, como exige el art. 253 num. 3) del Código de Procedimiento Civil, pretendiendo que éste Tribunal realice una nueva valoración del elemento probatorio, lo que no está permitido por ley
- mejoras,
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En la forma
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- Al tenor del art
- Habiendo interpuesto recurso de casación en la forma y en el fondo, corresponde de inicio
- De otro lado, en relación a la apelación que hubo sido diferida, debemos señalar que
- Sin embargo, de manera aclaratoria corresponde referir además, que en sujeción de los nuevos principios
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- Al respecto debemos manifestar que el art
- En la especie, el Tribunal de alzada al confirmar en todas sus partes la Sentencia
- En el fondo
- Al respecto, corresponde referir que dé inicio los ahora recurrentes a más de interponer en
- Finalmente, si bien de forma general acusa interpretación errónea de las pruebas por parte del
- De donde se concluye que los tribunales de instancia han fallado de forma correcta en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
