Auto Supremo AS/0636/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0636/2015-L

Fecha: 05-Ago-2015

Habiendo interpuesto recurso de casación en la forma y en el fondo, corresponde de inicio

Por lo expuesto, solicita casar parcialmente el Auto de Vista recurrido, conforme determinan los arts. 271 y 274 parágrafo II del CPC.
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Habiendo interpuesto recurso de casación en la forma y en el fondo, corresponde de inicio absolver los agravios de forma, porque de ser evidente la infracción acusada ya no sería necesario ingresar al recurso de fondo