Auto Supremo AS/0652/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0652/2015-L

Fecha: 12-Ago-2015

Alega que la Sala Civil Primera violento el art

Alega que la Sala Civil Primera violento el art. 519 del Código civil porque no considero que las partes pactaron que en caso de controversia de derecho se aplicarías las normas correspondientes al proceso coactivo bancario y no las de proceso coactivo fiscal, las que son ontológicamente diferentes. La aplicación correcta del art. 519 del Código Civil, hubiera consistido en considerar que por imperio de la voluntad las partes se sometieron a las normas del proceso coactivo bancario establecido en la Ley General de bancos de 1928, en ese sentido la Sala Civil fue en contra de lo pactado por las partes y decidió que tal cláusula contractual era inaplicable y por ende válido el proceso coactivo fiscal