Contra esta resolución de Alzada la Empresa Molinera Río Grande S
Contra esta resolución de Alzada la Empresa Molinera Río Grande S.A. interpuso recurso de casación en el fondo y en la forma cursante de fs. 559 a 567 de obrados, en conocimiento del mencionado recurso la Corte Suprema de Justicia de la Nación pronuncio Auto Supremo No 180 cursante de fs. 602 a 603, por el que anulo el Auto de Vista recurrido disponiendo el pronunciamiento de otra resolución previo sorteo y sin espera de turno observando además lo previsto por el art. 197 del Código de Procedimiento Civil
- Estado (SENAPE)
- CONSIDERANDO I:
- Admitida la demanda es contestada por el demandado quien responde negativamente a la misma
- Contra la Sentencia el Servicio Nacional de Patrimonio del Estado SENAPE interpuso recurso de apelación
- Contra esta resolución de Alzada la Empresa Molinera Río Grande S
- En la forma
- Nulidad del Auto de Vista por infra petita, toda vez que no se ha pronunciado
- 1
- Alega que la Sala Civil Primera violento el art
- 2
- 3
- 4
- 5
- En la forma
- Recurso de casación en el fondo
- Por lo indicado concluiremos que, los Tribunales de instancia obraron conforme a derecho correspondiendo emitir
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana nava Durán.
