Auto Supremo AS/0555/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0555/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

b) Expresa la vulneración del art


b) Expresa la vulneración del art. 133 del CPP, debido a que la duración máxima del proceso debe ser de tres años; sin embargo, hasta la fecha (presentación del recurso), transcurrieron cuatro años, cuatro meses y veinte días; no obstante, el reclamo efectuado en apelación restringida, el Tribunal de alzada, negó la extinción de la acción penal aduciendo que dicha excepción ya fue resuelta, sin tomar en cuenta que la extinción puede ser dispuesta aun de oficio conforme los arts. 27 y 28 del CPP. Cita como precedente la Sentencia Constitucional 101 de 14 de septiembre de 2004