Auto Supremo AS/0555/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0555/2015-RA-L

Fecha: 16-Sep-2015

Con relación a los motivos segundo y tercero, por los cuales la recurrente denuncia la


Con relación a los motivos segundo y tercero, por los cuales la recurrente denuncia la vulneración del art. 133 del CPP, referido a la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, así como de los arts. 308 inc. 4) con relación al 29 incs. 1) y 2) del CPP, relativos a la excepción de prescripción, desestimadas ambas por el Tribunal de alzada, debe tenerse presente que el art. 416 del CPP, instituye que el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista, dictados por los Tribunales Departamentales de Justicia, que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales de estos Tribunales o del Tribunal Supremo de Justicia, coligiéndose del segundo párrafo de esta norma, que para la procedencia de este recurso el precedente debe ser invocado a tiempo de plantear el recurso de apelación restringida, de ello se establece que el recurso de casación sólo procede contra Autos de Vista pronunciados en la resolución de los recursos de apelación restringida que se formulen para impugnar la Sentencia