Auto Supremo AS/0614/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0614/2015

Fecha: 08-Sep-2015

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 614
Sucre, 08 de septiembre de 2015

Expediente: 332/2011-S
Demandante: Abel Fernández Guzmán
Demandado: Empresa Constructora “PROCOSUR”
Distrito: Tarija
Magistrado Relator: Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 212 a 216 vta. interpuesto por Rene Segovia Fernández en representación de la Empresa Constructora “PROCOSUR” contra el Auto de Vista N° 77/2011 de 20 de junio de fs. 206 a 207 pronunciado por la Sala Social Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, dentro del proceso laboral por pago de reliquidación de derechos y beneficios sociales seguido por Abel Fernández Guzmán contra la entidad recurrente; la respuesta al mencionado recurso (fs. 220 a 221 vta.); el Auto que concedió el recurso a fs. 222; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia
Tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social de Bermejo - Tarija, emitió Sentencia de 8 de diciembre de 2010 saliente de fs. 185 a 187 vta., declarando probada en parte la demanda de fs. 3 a 5, aclarada a fs. 7, incoada por Abel Fernández Guzmán contra la Empresa Constructora “PROCOSUR” representada por Rene Segovia Fernández, debiendo cancelar la parte demandada al actor Bs. 43.922,85.- por los conceptos de indemnización, vacaciones, aguinaldos, subsidio de frontera, bono de antigüedad, horas extras y salario dominical; más costas; asimismo declara improbada la excepción de pago; conforme al detalle que cursa en la misma Sentencia