Auto Supremo AS/0614/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0614/2015

Fecha: 08-Sep-2015

En cuanto al reclamo en sentido que el demandante no habría trabajado los 365 días

En cuanto al reclamo en sentido que el demandante no habría trabajado los 365 días del año, éste tribunal considera que tal alegato no resulta fundamento suficiente para la casación que tiene impetrada, por cuanto no considera el recurrente que la gestión laboral no incluyen domingos y feriados, por lo que mal podría exigirse un total de 365 trabajados a efectos del derecho a la indemnización. En todo caso, tal realidad no tendría más efecto que la obligación de cancelar por los domingos y feriados trabajados