Auto Supremo AS/0614/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0614/2015

Fecha: 08-Sep-2015

La resolución de segunda instancia motivó que Rene Segovia Fernández en representación de la Empresa

I.2 Motivos del recurso de casación
La resolución de segunda instancia motivó que Rene Segovia Fernández en representación de la Empresa Constructora “PROCOSUR” mediante memorial de fs. 212 a 216 vta., interponga recurso de casación en el fondo y en la forma bajo los siguientes fundamentos:
I.2.1 En el fondo
Acusa la violación al debido proceso y a la defensa, aseverando que planteó la excepción de impersonería, debido a que el actor Abel Fernández Guzmán, dirigió la demanda contra la Empresa PROCOSUR y no así contra la ASOCIACIÓN ACCIDENTAL "PROCOSUR Y ASOCIADOS", ya que esta Asociación Accidental fue la que ejecutó la construcción del hospital Virgen de Chaguaya de Bermejo - Tarija, asimismo refiere que también opuso un incidente de nulidad, habiendo sido respondido negativamente por los Jueces de instancia, aplicando indebidamente los arts. 115 y 116 del Código Procesal del Trabajo (CPT), ya que se hizo conocer éste extremo, que afecta al proceso, puesto que la ASOCIACIÓN ACCIDENTAL PROCOSUR Y ASOCIADOS está conformada por dos empresas y no por una sola, por lo que no se puede condenar a una y liberar a otra, es decir que no se dio oportunidad a CIABOL LTDA., para que se pronuncie si es parte o nada tiene que ver con las obligaciones reclamadas por el actor