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    Auto Supremo AS/0628/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0628/2015-RRC-L

    Fecha: 18-Sep-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 8 de diciembre de 2009, cursante de fs
    • a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Cuarto de Sentencia
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Wilfredo Walter Guzmán Rivera, interpuso recurso
    • Del memorial de recurso de casación (fs
    • ii) Refiere que el Tribunal de alzada, anuló la Sentencia con base en “las falacias”
    • La entidad recurrente solicita, se admita el recurso y se remitan antecedentes al máximo Tribunal
    • Indicó que en el recurso de apelación restringida, los agravios fueron identificados, de la siguiente
    • b) Se designó perito en su ausencia, mismo que no fue propuesto como
    • c) Defecto absoluto por no haberse valorado correctamente las pruebas, que jamás se
    • d) Violación de los incs
    • e) No se le notificó con la querella para hacer valer la objeción, violando
    • f) La querellante se apersonó sin Poder a la primera audiencia y
    • g) No hubo participación Fiscal en la audiencia de inspección, como tampoco investigación en
    • h) La sentencia incurrió en transgresión al principio de congruencia, ya que en
    • Por lo señalado, solicitó al Tribunal Supremo, declare infundado el recurso de casación
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, en lo pertinente a los
    • Cursa en obrados, acta de audiencia de juicio oral de 20 de octubre de 2008
    • En audiencia de 28 de octubre de 2008 (fs
    • En la misma audiencia, la defensa solicitó se aclare, si el perito fue designado de
    • Posteriormente, en audiencia de 12 de marzo de 2009, en cuya parte relevante y atinente
    • ABOGADO DE LA DEFESNA
    • PRESIDENTE DEL TRIBUNAL
    • ABOGADO DE LA DEFENSA
    • PRESIDENTE DEL TRIBUNAL.- Pase señor ingeniero
    • PERITO
    • II.2.Sentencia
    • QUINTA
    • SEXTA
    • OCTAVA
    • NOVENA
    • DECIMA
    • DECIMA PRIMERA
    • En la gestión 2001; el VALOR DE LA CONSTRUCCIÓN, antes de la modificación, era 4
    • En la gestión 2002; el VALOR DE LA CONSTRUCCIÓN, antes de la modificación, era de
    • Coligiéndose que, al efectuar modificaciones no autorizadas, el acusado ocasionó considerable detrimento en el
    • DECIMA SEGUNDA
    • Asimismo, la defensa presentó la prueba de descargo PD-3, referente a la revisión y
    • DÉCIMA TERCERA
    • DÉCIMA CUARTA
    • II.3. Apelación restringida
    • 1) Se suspendieron catorce audiencias sin ningún fundamento, transcurriendo en algunos casos más allá de
    • 2) El Tribunal de Sentencia ordenó la producción de prueba pericial sin que existan
    • 3) En relación con la primera denuncia consignada en este fallo, alegó infracción del art
    • 4) Alegó que habiéndose dictado la Sentencia después de seis meses, los jueces ciudadanos no
    • 5) Bajo el epígrafe “IRREGULARIDADES DEL PROCESO DE JUICIO ORAL” (sic), además de observar las
    • II.4. Auto de Vista
    • i) El Tribunal de alzada, previo resumen de antecedentes y de los aspectos cuestionados en
    • ii) En el punto “3” del mismo CONSIDERANDO, estableció que el Tribunal de Sentencia, dispuso
    • Con base en lo Señalado, determinó que el Tribunal de Sentencia, incurrió en defecto absoluto
    • Conforme se tiene del Auto Supremo de admisión 229/2015-RA-L de 3 de junio, corresponde emitir
    • III.1. Marco legal y doctrinal
    • Los principios procesales, son elementos esenciales en todo sistema procesal, puesto que además de constituirse
    • En relación con lo señalado precedentemente, de la línea jurisprudencial desarrollada por este máximo Tribunal
    • Así tenemos el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007, que sobre el
    • Que en ese razonamiento, el juicio oral, público y contradictorio desarrollado en el caso de
    • Así, no es concebible que la autoridad jurisdiccional ignore estos presupuestos y deje de ejercitar
    • ‘Ahora bien, no obstante lo establecido en la legislación, la entonces Corte Suprema de Justicia,
    • Continuando en la misma línea, este Tribunal en aplicación de los principios de especificidad, trascendencia
    • Finalmente, como corolario de todo lo desarrollado, corresponde referirse al razonamiento expresado en el Auto
    • Por lo tanto, no sería correcto hacer una interpretación literal de la norma, y señalar
    • Asimismo, las partes no deben quedar en pasividad ante una transgresión de la norma debido
    • Bajo este marco, el referido AS 773/2014-RRC, concluye que: ‘…es obligación de los jueces y
    • Consiguientemente, tenemos que la jurisprudencia que antecede, se encuentra plenamente vigente; y en el marco
    • Toda vez que, como ya se manifestó de forma reiterada, los principios procesales constituyen en
    • Bovino, define el principio acusatorio como ´el desdoblamiento, de las funciones de perseguir y de
    • De la definición anterior se establece la importancia que reviste este principio en el sistema
    • El principio acusatorio es un presupuesto básico del sistema acusatorio y por ende del enjuiciamiento
    • En la línea señalada, el Auto Supremo 341 de 28 de agosto de 2006
    • El juicio concebido como la base del sistema acusatorio y como el momento prioritario del
    • Nuestra legislación adjetiva penal, regula implícitamente la separación entre actos de investigación acusación y actos
    • Para garantizar el cumplimiento del principio de imparcialidad, previsto en el artículo 3° de la
    • El principio de imparcialidad, propio de los sistemas de corte acusatorio, importa que el juez
    • Además de la norma prevista en el artículo 3º del Código de Procedimiento Penal, diversos
    • Resulta ilustrativa respecto a esta temática, la diferencia normativa que existe en Bolivia en cuanto
    • Principio de oficialidad
    • Este principio se encuentra vinculado con el principio acusatorio, toda vez que sostiene que corresponde
    • El respecto, el art
    • Principio de legalidad
    • El principio de legalidad, en primer término, implica sometimiento de los poderes (órganos) públicos a
    • Principio de celeridad
    • Este principio obliga a los operadores de justicia, a resolver los conflictos existentes entre los
    • Principio de verdad material
    • El principio de verdad material, constituye uno de los pilares de la administración de justicia
    • III.1.2. El principio de legalidad de la prueba
    • Este principio constituye un freno al abuso del poder punitivo del Estado, vinculado de forma
    • En el procedimiento vigente en el país, para la obtención de prueba se han establecido
    • III.1.3. La legalidad de la prueba su control en etapa de impugnación
    • En apelación restringida, corresponde al Tribunal de alzada, el control de la legalidad y logicidad
    • Por otra parte, si existiera evidencia de que algún medio probatorio ilegalmente incorporado, sea por
    • Sobre la temática, el Auto Supremo 067/2013-RRC de 11 de marzo de 2013, emitió la
    • En ese entendido, el Tribunal de apelación al resolver un recurso de apelación restringida en
    • En consecuencia para disponer la anulación de la sentencia, no basta con la constatación de
    • En similar sentido se pronunció la Sentencia Constitucional 0144/2012 de 14 de mayo, que estableció:
    • III.1.4. Nulidad y principio de trascendencia
    • La nulidad procesal, de manera general, significa castigar con ineficacia algún acto jurídico llevado a
    • En la legislación boliviana, el Código de Procedimiento Penal, en la primera parte (Parte General),
    • En los casos y formas previstos por este Código, las partes sólo podrán impugnar, con
    • Por otra parte, el art
    • El art. 170 del CPP, refiere: `Los defectos relativos quedarán convalidados en los siguientes casos
    • Los defectos previamente descritos, se encuentran directamente vinculados a los principios procesales que rigen las
    • Entre los principios que rigen las nulidades procesales, se tiene entre otros, los siguientes
    • El principio de finalidad de las formas o de instrumentalidad de las nulidades procesales, mantiene
    • El principio de convalidación, establece la posibilitad de subsanar el acto procesal, constituye un remedio
    • El principio de protección, referido a que nadie puede solicitar la invalidez de un acto
    • El principio de Subsanación, que establece que no hay nulidad si el vicio alegado, no
    • Todos estos principios (y otros que no fueron citados) orientadores de las nulidades, deben ser
    • III.2. Análisis del caso en concreto
    • En el primer motivo, la entidad recurrente acusa al Tribunal de alzada de vulnerar los
    • En atención a la denuncia precedente, de obrados, se evidencia que en apelación restringida, el
    • Con referencia a la denuncia anterior, el Auto de Vista, aplicando el Auto Supremo 167
    • Sin embargo de lo anterior, es importante señalar que el Tribunal de alzada emitió la
    • Por lo señalado, corresponde dar curso a la pretensión recursiva, a objeto de que el
    • En el segundo motivo, la parte querellante, aduce que el Tribunal de apelación anuló la
    • Respecto a la denuncia precedente, se verifica que el imputado denunció en alzada (fs
    • Con base en la denuncia precedente, el Tribunal de apelación, en el punto “3” del
    • Revisados los antecedentes, se verifica que el Tribunal de juicio, propuso de oficio, la realización
    • De las documentales MP-6, MP-13, MP-14, MP-20 y MP-21, estableció que el Sistema de recaudaciones
    • También se verifica del contenido de la Sentencia, que por las documentales MP-7, MP-9, MP-10,
    • De la prueba extraordinaria, pudo establecer que las modificaciones no autorizadas, ocasionaron detrimento económico al
    • De la prueba mencionada, pudo concluir que el imputado no cumplió con los requisitos administrativos
    • Contrastados los argumentos del Auto de Vista con los antecedentes del proceso, que se encuentran
    • Una vez que se ha establecido que la prueba pericial es ilegal, corresponde comprobar, conforme
    • Del análisis que antecede, se establece que no es posible disponer la nulidad de la
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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