Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0628/2015-RRC-L
Fecha: 18-Sep-2015
II.2.Sentencia
II.2.Sentencia
-
Por memorial presentado el 8 de diciembre de 2009, cursante de fs
-
a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Cuarto de Sentencia
-
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Wilfredo Walter Guzmán Rivera, interpuso recurso
-
Del memorial de recurso de casación (fs
-
ii) Refiere que el Tribunal de alzada, anuló la Sentencia con base en “las falacias”
-
La entidad recurrente solicita, se admita el recurso y se remitan antecedentes al máximo Tribunal
-
Indicó que en el recurso de apelación restringida, los agravios fueron identificados, de la siguiente
-
b) Se designó perito en su ausencia, mismo que no fue propuesto como
-
c) Defecto absoluto por no haberse valorado correctamente las pruebas, que jamás se
-
d) Violación de los incs
-
e) No se le notificó con la querella para hacer valer la objeción, violando
-
f) La querellante se apersonó sin Poder a la primera audiencia y
-
g) No hubo participación Fiscal en la audiencia de inspección, como tampoco investigación en
-
h) La sentencia incurrió en transgresión al principio de congruencia, ya que en
-
Por lo señalado, solicitó al Tribunal Supremo, declare infundado el recurso de casación
-
I.2. Admisión del recurso
-
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, en lo pertinente a los
-
Cursa en obrados, acta de audiencia de juicio oral de 20 de octubre de 2008
-
En audiencia de 28 de octubre de 2008 (fs
-
En la misma audiencia, la defensa solicitó se aclare, si el perito fue designado de
-
Posteriormente, en audiencia de 12 de marzo de 2009, en cuya parte relevante y atinente
-
ABOGADO DE LA DEFESNA
-
PRESIDENTE DEL TRIBUNAL
-
ABOGADO DE LA DEFENSA
-
PRESIDENTE DEL TRIBUNAL.- Pase señor ingeniero
-
PERITO
-
II.2.Sentencia
-
QUINTA
-
SEXTA
-
OCTAVA
-
NOVENA
-
DECIMA
-
DECIMA PRIMERA
-
En la gestión 2001; el VALOR DE LA CONSTRUCCIÓN, antes de la modificación, era 4
-
En la gestión 2002; el VALOR DE LA CONSTRUCCIÓN, antes de la modificación, era de
-
Coligiéndose que, al efectuar modificaciones no autorizadas, el acusado ocasionó considerable detrimento en el
-
DECIMA SEGUNDA
-
Asimismo, la defensa presentó la prueba de descargo PD-3, referente a la revisión y
-
DÉCIMA TERCERA
-
DÉCIMA CUARTA
-
II.3. Apelación restringida
-
1) Se suspendieron catorce audiencias sin ningún fundamento, transcurriendo en algunos casos más allá de
-
2) El Tribunal de Sentencia ordenó la producción de prueba pericial sin que existan
-
3) En relación con la primera denuncia consignada en este fallo, alegó infracción del art
-
4) Alegó que habiéndose dictado la Sentencia después de seis meses, los jueces ciudadanos no
-
5) Bajo el epígrafe “IRREGULARIDADES DEL PROCESO DE JUICIO ORAL” (sic), además de observar las
-
II.4. Auto de Vista
-
i) El Tribunal de alzada, previo resumen de antecedentes y de los aspectos cuestionados en
-
ii) En el punto “3” del mismo CONSIDERANDO, estableció que el Tribunal de Sentencia, dispuso
-
Con base en lo Señalado, determinó que el Tribunal de Sentencia, incurrió en defecto absoluto
-
Conforme se tiene del Auto Supremo de admisión 229/2015-RA-L de 3 de junio, corresponde emitir
-
III.1. Marco legal y doctrinal
-
Los principios procesales, son elementos esenciales en todo sistema procesal, puesto que además de constituirse
-
En relación con lo señalado precedentemente, de la línea jurisprudencial desarrollada por este máximo Tribunal
-
Así tenemos el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007, que sobre el
-
Que en ese razonamiento, el juicio oral, público y contradictorio desarrollado en el caso de
-
Así, no es concebible que la autoridad jurisdiccional ignore estos presupuestos y deje de ejercitar
-
‘Ahora bien, no obstante lo establecido en la legislación, la entonces Corte Suprema de Justicia,
-
Continuando en la misma línea, este Tribunal en aplicación de los principios de especificidad, trascendencia
-
Finalmente, como corolario de todo lo desarrollado, corresponde referirse al razonamiento expresado en el Auto
-
Por lo tanto, no sería correcto hacer una interpretación literal de la norma, y señalar
-
Asimismo, las partes no deben quedar en pasividad ante una transgresión de la norma debido
-
Bajo este marco, el referido AS 773/2014-RRC, concluye que: ‘…es obligación de los jueces y
-
Consiguientemente, tenemos que la jurisprudencia que antecede, se encuentra plenamente vigente; y en el marco
-
Toda vez que, como ya se manifestó de forma reiterada, los principios procesales constituyen en
-
Bovino, define el principio acusatorio como ´el desdoblamiento, de las funciones de perseguir y de
-
De la definición anterior se establece la importancia que reviste este principio en el sistema
-
El principio acusatorio es un presupuesto básico del sistema acusatorio y por ende del enjuiciamiento
-
En la línea señalada, el Auto Supremo 341 de 28 de agosto de 2006
-
El juicio concebido como la base del sistema acusatorio y como el momento prioritario del
-
Nuestra legislación adjetiva penal, regula implícitamente la separación entre actos de investigación acusación y actos
-
Para garantizar el cumplimiento del principio de imparcialidad, previsto en el artículo 3° de la
-
El principio de imparcialidad, propio de los sistemas de corte acusatorio, importa que el juez
-
Además de la norma prevista en el artículo 3º del Código de Procedimiento Penal, diversos
-
Resulta ilustrativa respecto a esta temática, la diferencia normativa que existe en Bolivia en cuanto
-
Principio de oficialidad
-
Este principio se encuentra vinculado con el principio acusatorio, toda vez que sostiene que corresponde
-
El respecto, el art
-
Principio de legalidad
-
El principio de legalidad, en primer término, implica sometimiento de los poderes (órganos) públicos a
-
Principio de celeridad
-
Este principio obliga a los operadores de justicia, a resolver los conflictos existentes entre los
-
Principio de verdad material
-
El principio de verdad material, constituye uno de los pilares de la administración de justicia
-
III.1.2. El principio de legalidad de la prueba
-
Este principio constituye un freno al abuso del poder punitivo del Estado, vinculado de forma
-
En el procedimiento vigente en el país, para la obtención de prueba se han establecido
-
III.1.3. La legalidad de la prueba su control en etapa de impugnación
-
En apelación restringida, corresponde al Tribunal de alzada, el control de la legalidad y logicidad
-
Por otra parte, si existiera evidencia de que algún medio probatorio ilegalmente incorporado, sea por
-
Sobre la temática, el Auto Supremo 067/2013-RRC de 11 de marzo de 2013, emitió la
-
En ese entendido, el Tribunal de apelación al resolver un recurso de apelación restringida en
-
En consecuencia para disponer la anulación de la sentencia, no basta con la constatación de
-
En similar sentido se pronunció la Sentencia Constitucional 0144/2012 de 14 de mayo, que estableció:
-
III.1.4. Nulidad y principio de trascendencia
-
La nulidad procesal, de manera general, significa castigar con ineficacia algún acto jurídico llevado a
-
En la legislación boliviana, el Código de Procedimiento Penal, en la primera parte (Parte General),
-
En los casos y formas previstos por este Código, las partes sólo podrán impugnar, con
-
Por otra parte, el art
-
El art. 170 del CPP, refiere: `Los defectos relativos quedarán convalidados en los siguientes casos
-
Los defectos previamente descritos, se encuentran directamente vinculados a los principios procesales que rigen las
-
Entre los principios que rigen las nulidades procesales, se tiene entre otros, los siguientes
-
El principio de finalidad de las formas o de instrumentalidad de las nulidades procesales, mantiene
-
El principio de convalidación, establece la posibilitad de subsanar el acto procesal, constituye un remedio
-
El principio de protección, referido a que nadie puede solicitar la invalidez de un acto
-
El principio de Subsanación, que establece que no hay nulidad si el vicio alegado, no
-
Todos estos principios (y otros que no fueron citados) orientadores de las nulidades, deben ser
-
III.2. Análisis del caso en concreto
-
En el primer motivo, la entidad recurrente acusa al Tribunal de alzada de vulnerar los
-
En atención a la denuncia precedente, de obrados, se evidencia que en apelación restringida, el
-
Con referencia a la denuncia anterior, el Auto de Vista, aplicando el Auto Supremo 167
-
Sin embargo de lo anterior, es importante señalar que el Tribunal de alzada emitió la
-
Por lo señalado, corresponde dar curso a la pretensión recursiva, a objeto de que el
-
En el segundo motivo, la parte querellante, aduce que el Tribunal de apelación anuló la
-
Respecto a la denuncia precedente, se verifica que el imputado denunció en alzada (fs
-
Con base en la denuncia precedente, el Tribunal de apelación, en el punto “3” del
-
Revisados los antecedentes, se verifica que el Tribunal de juicio, propuso de oficio, la realización
-
De las documentales MP-6, MP-13, MP-14, MP-20 y MP-21, estableció que el Sistema de recaudaciones
-
También se verifica del contenido de la Sentencia, que por las documentales MP-7, MP-9, MP-10,
-
De la prueba extraordinaria, pudo establecer que las modificaciones no autorizadas, ocasionaron detrimento económico al
-
De la prueba mencionada, pudo concluir que el imputado no cumplió con los requisitos administrativos
-
Contrastados los argumentos del Auto de Vista con los antecedentes del proceso, que se encuentran
-
Una vez que se ha establecido que la prueba pericial es ilegal, corresponde comprobar, conforme
-
Del análisis que antecede, se establece que no es posible disponer la nulidad de la
-
Regístrese, hágase saber y devuélvase
-
SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Otros enlaces de interés: