Nuestra legislación adjetiva penal, regula implícitamente la separación entre actos de investigación acusación y actos
Nuestra legislación adjetiva penal, regula implícitamente la separación entre actos de investigación acusación y actos de juzgamiento, los cuales son exclusivos y excluyentes. Por principio general, el Fiscal no puede decidir con autoridad judicial sobre cuestiones que afecten los derechos fundamentales de los intervinientes, ni el Juez puede inmiscuirse en la investigación o acusación produciendo pruebas de oficio
- Por memorial presentado el 8 de diciembre de 2009, cursante de fs
- a) Desarrollada la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Cuarto de Sentencia
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Wilfredo Walter Guzmán Rivera, interpuso recurso
- Del memorial de recurso de casación (fs
- ii) Refiere que el Tribunal de alzada, anuló la Sentencia con base en “las falacias”
- La entidad recurrente solicita, se admita el recurso y se remitan antecedentes al máximo Tribunal
- Indicó que en el recurso de apelación restringida, los agravios fueron identificados, de la siguiente
- b) Se designó perito en su ausencia, mismo que no fue propuesto como
- c) Defecto absoluto por no haberse valorado correctamente las pruebas, que jamás se
- d) Violación de los incs
- e) No se le notificó con la querella para hacer valer la objeción, violando
- f) La querellante se apersonó sin Poder a la primera audiencia y
- g) No hubo participación Fiscal en la audiencia de inspección, como tampoco investigación en
- h) La sentencia incurrió en transgresión al principio de congruencia, ya que en
- Por lo señalado, solicitó al Tribunal Supremo, declare infundado el recurso de casación
- I.2. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, en lo pertinente a los
- Cursa en obrados, acta de audiencia de juicio oral de 20 de octubre de 2008
- En audiencia de 28 de octubre de 2008 (fs
- En la misma audiencia, la defensa solicitó se aclare, si el perito fue designado de
- Posteriormente, en audiencia de 12 de marzo de 2009, en cuya parte relevante y atinente
- ABOGADO DE LA DEFESNA
- PRESIDENTE DEL TRIBUNAL
- ABOGADO DE LA DEFENSA
- PRESIDENTE DEL TRIBUNAL.- Pase señor ingeniero
- PERITO
- II.2.Sentencia
- QUINTA
- SEXTA
- OCTAVA
- NOVENA
- DECIMA
- DECIMA PRIMERA
- En la gestión 2001; el VALOR DE LA CONSTRUCCIÓN, antes de la modificación, era 4
- En la gestión 2002; el VALOR DE LA CONSTRUCCIÓN, antes de la modificación, era de
- Coligiéndose que, al efectuar modificaciones no autorizadas, el acusado ocasionó considerable detrimento en el
- DECIMA SEGUNDA
- Asimismo, la defensa presentó la prueba de descargo PD-3, referente a la revisión y
- DÉCIMA TERCERA
- DÉCIMA CUARTA
- II.3. Apelación restringida
- 1) Se suspendieron catorce audiencias sin ningún fundamento, transcurriendo en algunos casos más allá de
- 2) El Tribunal de Sentencia ordenó la producción de prueba pericial sin que existan
- 3) En relación con la primera denuncia consignada en este fallo, alegó infracción del art
- 4) Alegó que habiéndose dictado la Sentencia después de seis meses, los jueces ciudadanos no
- 5) Bajo el epígrafe “IRREGULARIDADES DEL PROCESO DE JUICIO ORAL” (sic), además de observar las
- II.4. Auto de Vista
- i) El Tribunal de alzada, previo resumen de antecedentes y de los aspectos cuestionados en
- ii) En el punto “3” del mismo CONSIDERANDO, estableció que el Tribunal de Sentencia, dispuso
- Con base en lo Señalado, determinó que el Tribunal de Sentencia, incurrió en defecto absoluto
- Conforme se tiene del Auto Supremo de admisión 229/2015-RA-L de 3 de junio, corresponde emitir
- III.1. Marco legal y doctrinal
- Los principios procesales, son elementos esenciales en todo sistema procesal, puesto que además de constituirse
- En relación con lo señalado precedentemente, de la línea jurisprudencial desarrollada por este máximo Tribunal
- Así tenemos el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007, que sobre el
- Que en ese razonamiento, el juicio oral, público y contradictorio desarrollado en el caso de
- Así, no es concebible que la autoridad jurisdiccional ignore estos presupuestos y deje de ejercitar
- ‘Ahora bien, no obstante lo establecido en la legislación, la entonces Corte Suprema de Justicia,
- Continuando en la misma línea, este Tribunal en aplicación de los principios de especificidad, trascendencia
- Finalmente, como corolario de todo lo desarrollado, corresponde referirse al razonamiento expresado en el Auto
- Por lo tanto, no sería correcto hacer una interpretación literal de la norma, y señalar
- Asimismo, las partes no deben quedar en pasividad ante una transgresión de la norma debido
- Bajo este marco, el referido AS 773/2014-RRC, concluye que: ‘…es obligación de los jueces y
- Consiguientemente, tenemos que la jurisprudencia que antecede, se encuentra plenamente vigente; y en el marco
- Toda vez que, como ya se manifestó de forma reiterada, los principios procesales constituyen en
- Bovino, define el principio acusatorio como ´el desdoblamiento, de las funciones de perseguir y de
- De la definición anterior se establece la importancia que reviste este principio en el sistema
- El principio acusatorio es un presupuesto básico del sistema acusatorio y por ende del enjuiciamiento
- En la línea señalada, el Auto Supremo 341 de 28 de agosto de 2006
- El juicio concebido como la base del sistema acusatorio y como el momento prioritario del
- Nuestra legislación adjetiva penal, regula implícitamente la separación entre actos de investigación acusación y actos
- Para garantizar el cumplimiento del principio de imparcialidad, previsto en el artículo 3° de la
- El principio de imparcialidad, propio de los sistemas de corte acusatorio, importa que el juez
- Además de la norma prevista en el artículo 3º del Código de Procedimiento Penal, diversos
- Resulta ilustrativa respecto a esta temática, la diferencia normativa que existe en Bolivia en cuanto
- Principio de oficialidad
- Este principio se encuentra vinculado con el principio acusatorio, toda vez que sostiene que corresponde
- El respecto, el art
- Principio de legalidad
- El principio de legalidad, en primer término, implica sometimiento de los poderes (órganos) públicos a
- Principio de celeridad
- Este principio obliga a los operadores de justicia, a resolver los conflictos existentes entre los
- Principio de verdad material
- El principio de verdad material, constituye uno de los pilares de la administración de justicia
- III.1.2. El principio de legalidad de la prueba
- Este principio constituye un freno al abuso del poder punitivo del Estado, vinculado de forma
- En el procedimiento vigente en el país, para la obtención de prueba se han establecido
- III.1.3. La legalidad de la prueba su control en etapa de impugnación
- En apelación restringida, corresponde al Tribunal de alzada, el control de la legalidad y logicidad
- Por otra parte, si existiera evidencia de que algún medio probatorio ilegalmente incorporado, sea por
- Sobre la temática, el Auto Supremo 067/2013-RRC de 11 de marzo de 2013, emitió la
- En ese entendido, el Tribunal de apelación al resolver un recurso de apelación restringida en
- En consecuencia para disponer la anulación de la sentencia, no basta con la constatación de
- En similar sentido se pronunció la Sentencia Constitucional 0144/2012 de 14 de mayo, que estableció:
- III.1.4. Nulidad y principio de trascendencia
- La nulidad procesal, de manera general, significa castigar con ineficacia algún acto jurídico llevado a
- En la legislación boliviana, el Código de Procedimiento Penal, en la primera parte (Parte General),
- En los casos y formas previstos por este Código, las partes sólo podrán impugnar, con
- Por otra parte, el art
- El art. 170 del CPP, refiere: `Los defectos relativos quedarán convalidados en los siguientes casos
- Los defectos previamente descritos, se encuentran directamente vinculados a los principios procesales que rigen las
- Entre los principios que rigen las nulidades procesales, se tiene entre otros, los siguientes
- El principio de finalidad de las formas o de instrumentalidad de las nulidades procesales, mantiene
- El principio de convalidación, establece la posibilitad de subsanar el acto procesal, constituye un remedio
- El principio de protección, referido a que nadie puede solicitar la invalidez de un acto
- El principio de Subsanación, que establece que no hay nulidad si el vicio alegado, no
- Todos estos principios (y otros que no fueron citados) orientadores de las nulidades, deben ser
- III.2. Análisis del caso en concreto
- En el primer motivo, la entidad recurrente acusa al Tribunal de alzada de vulnerar los
- En atención a la denuncia precedente, de obrados, se evidencia que en apelación restringida, el
- Con referencia a la denuncia anterior, el Auto de Vista, aplicando el Auto Supremo 167
- Sin embargo de lo anterior, es importante señalar que el Tribunal de alzada emitió la
- Por lo señalado, corresponde dar curso a la pretensión recursiva, a objeto de que el
- En el segundo motivo, la parte querellante, aduce que el Tribunal de apelación anuló la
- Respecto a la denuncia precedente, se verifica que el imputado denunció en alzada (fs
- Con base en la denuncia precedente, el Tribunal de apelación, en el punto “3” del
- Revisados los antecedentes, se verifica que el Tribunal de juicio, propuso de oficio, la realización
- De las documentales MP-6, MP-13, MP-14, MP-20 y MP-21, estableció que el Sistema de recaudaciones
- También se verifica del contenido de la Sentencia, que por las documentales MP-7, MP-9, MP-10,
- De la prueba extraordinaria, pudo establecer que las modificaciones no autorizadas, ocasionaron detrimento económico al
- De la prueba mencionada, pudo concluir que el imputado no cumplió con los requisitos administrativos
- Contrastados los argumentos del Auto de Vista con los antecedentes del proceso, que se encuentran
- Una vez que se ha establecido que la prueba pericial es ilegal, corresponde comprobar, conforme
- Del análisis que antecede, se establece que no es posible disponer la nulidad de la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
