Auto Supremo AS/0652/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0652/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Refirió también, que en el interrogatorio propuesto por la entidad que representa, el actor confiesa

Refirió también, que en el interrogatorio propuesto por la entidad que representa, el actor confiesa haber cobrado indebidamente por el espacio de ocho meses el bono de antigüedad, sin acreditar legalmente su derecho, confesión corroborada con la documental de fs. 593 a 605, mismas que el Auto de Vista no habría valorado acertadamente sino que le habría restado el valor probatorio que la Ley impone prevista en los arts. 1321 del Código Civil (CC) y 167 del Código Procesal del Trabajo (CPT), constituyendo en incumplimiento del contrato, porque como MAE estaba en la obligación de conocer y discernir si ese derecho le correspondía, y si bien fueron devueltos dichos dineros empero fue por intervención de Auditoria Interna y Contabilidad