Auto Supremo AS/0664/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0664/2015

Fecha: 23-Sep-2015

Sobre la denuncia de violación flagrante de los arts

Sobre la denuncia de violación flagrante de los arts. 397, en relación al art. 252 del CPT, al considerar que los vocales no cumplieron arbitrariamente, con la apreciación, análisis y valoración de sus pruebas, expresando su criterio o sana crítica. Al respecto, corresponde establecer que por disposición del art. 252 del CPT., los aspectos no previstos en la indicada ley, se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil, lo que equivale a decir que, el tema de valoración probatoria al estar expresamente consignado en el art. 158 del CPT, de ningún modo puede valerse de otra norma supletoria como es el art. 397 del CPC