Auto Supremo AS/1157/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1157/2016

Fecha: 07-Oct-2016

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Por todas las consideraciones realizadas corresponde emitir resolución para los recursos de casación en la forma conforme al art. 220.II y para el recurso de casación y en el fondo conforme al art. 220.I, ambos del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II de la Ley Nº 439 Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y conforme al art. 220.I del mismo Código adjetivo de la materia, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo; ambos salientes a fs. 765 a 769 interpuestos por Teresa Gladys Caballero Saravia de Velásquez, contra el Auto de Vista Nº 51/2015 de 03 de marzo de fs. 756 a 758 pronunciado por la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca. Con costas y costos conforme dispone el art. 223.V num. 2) con relación al art. 224, ambos de la Ley Nº 439